
Organización de Cooperación Islámica (OCI)
La Organización de Cooperación Islámica (OCI) (anteriormente Organización de la Conferencia Islámica) es la segunda mayor organización intergubernamental de las Naciones Unidas la cual tiene miembros de 57 estados, repartidas en cuatro continentes
EN QUE CONSISTE EL ACUERDO
La Organización se estableció por decisión de la cumbre histórica que tuvo lugar en Rabat, Reino de Marruecos (25 de septiembre 1969), como resultado de incendios provocados en penal de la mezquita de Al-Aqsa en Jerusalén .
Fue fundada en 1969 por una treintena de países como una iniciativa de formar una alianza ideológica de los Estados musulmanes frente a la supremacía de Estados Unidos y Europa y la ocupación de Jerusalén —considerada el tercer lugar más sagrado del islam— por Israel en 1967.
En 1970 se llevo a cabo la primera reunión de la Conferencia Islámica del ministro de Asuntos Exteriores (ICFM), se celebró en Jeddah, que decidió establecer una secretaría permanente en Jeddah encabezada por el secretario general de la organización. El Sr. Iyad Madani Ameen es el 10º Secretario General, quien asumió el cargo en enero de 2014.
La presente Carta de la Organización fue adoptado por la Cumbre Islámica Undécima celebrada en Dakar los días 13-14 de marzo de 2008, que establece los objetivos y principios de la organización y propósitos fundamentales . Durante los últimos 40 años, el número de miembros ha crecido de sus miembros fundadores de 25 a 57 estados
En 2011, la hasta entonces Organización de la Conferencia Islámica decidió cambiar su nombre y adoptar el de Organización de la Cooperación Islámica, modificando también su emblema, pero manteniendo las siglas. Aún es habitual referirse a este organismo con el nombre antiguo.
OBEJTIVO PRINCIPAL Y ESPECIFICOS
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fortalecer la solidaridad y cooperación entre los Estados miembros
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Mejorar y consolidar los lazos de hermandad y solidaridad entre los Estados miembros ;
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Salvaguardar y proteger los intereses comunes y apoyar las causas legítimas de los Estados miembros y coordinar y unificar los esfuerzos de los Estados miembros en vista de los desafíos que enfrenta el mundo islámico en particular y de la comunidad internacional en general;
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Respetar el derecho de libre determinación y no intervención en los asuntos internos y de respetar la soberanía, la independencia y la integridad territorial de cada Estado miembro;
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Asegurar la participación activa de los Estados miembros en los procesos globales de toma de decisiones políticas, económicas y sociales para asegurar sus intereses comunes;
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Reafirmar su apoyo a los derechos de los pueblos según lo estipulado en la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional;
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Fortalecer islámica dentro de la cooperación económica y comercial; con el fin de lograr la integración económica que condujo al establecimiento de un Mercado Común Islámico;
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Hacer los esfuerzos para lograr el desarrollo humano sostenible e integral y el bienestar económico de los Estados miembros;
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Proteger y defender la verdadera imagen del Islam, para luchar contra la difamación del Islam y fomentar el diálogo entre civilizaciones y religiones;
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Mejora y desarrollo de la ciencia y la tecnología y fomentar la investigación y la cooperación entre los Estados miembros en estos ámbitos;
FUNCIÓN PRINCIPAL Y ESPECIFICAS
.La Organización tiene relaciones de consulta y de cooperación con las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales para proteger los intereses vitales de los musulmanes y de trabajar para la solución de conflictos y controversias que participan los Estados miembros. En la protección de los verdaderos valores del Islam y los musulmanes, la organización ha adoptado diversas medidas para eliminar las percepciones erróneas y han abogado por la eliminación de la discriminación contra los musulmanes en todas sus formas y manifestaciones.
IMPORTANCIA ACUERDO EN ORDEN INTERNACIONAL
La Organización es la voz colectiva del mundo musulmán con la garantía de salvaguardar y proteger los intereses del mundo musulmán en el espíritu de promover la paz y la armonía internacional entre los diversos pueblos del mundo.
Reyes y Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros, es la autoridad suprema de la Organización
La adopción de decisiones y resoluciones sobre asuntos de interés común en la aplicación de los objetivos y la política general de la Organización;
segundo. Análisis del avance de la ejecución de las decisiones y acuerdos adoptados en las cumbres anteriores y de los Consejos de Ministros de Relaciones Exteriores
Que es el órgano ejecutivo de la Organización, encargado de la aplicación de las decisiones de los dos órganos anteriores
El Secretario General es elegido por el Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores por un período de cinco años, renovable una sola vez. El Secretario General es elegido entre los nacionales de los Estados miembros de conformidad con los principios de la distribución geográfica equitativa, la rotación y la igualdad de oportunidades para todos los Estados miembros con la debida consideración a la competencia, la integridad y la experiencia.
PAISES MIEMBRO
